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Declarar falsamente en ceros será causa de cancelacion de los sellos digiales

La opinión de cumplimiento o también conocida como (32D), es el estatus o documento de los contribuyentes que indica que esta al corriente en sus contribuciones, este debe estar siempre en POSITIVO para poder solicitar un subsidio o estímulo, hacer un trámite fiscal o de comercio exterior.

Es necesario mencionar que de no es estar en positivo el SAT podrá cancelar los sellos digitales y el contribuyente «no podrá facturaa sus clientes por lo que afectaría gravemente dicho negocio.

Adicionalmente, la regla 2.1.39. de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2019 indica que para otorgar el documento la autoridad debe verificar que el contribuyente:

  • Esté localizable en el domicilio fiscal.
  • Que no se encuentre publicado en el portal del SAT, en el listado definitivo del artículo 69- B del Código Fiscal de la Federación.
  • Que no haya declarado en ceros cuando haya emitido los CFDI de ingresos que correspondan desde 2017

¿Cuánto tiempo se tarda la autoridad para resolver las aclaraciones?

Tratándose de aclaraciones sobre tu situación en el padrón del RFC, sobre créditos fiscales o sobre el otorgamiento de garantía, la autoridad resolverá en un plazo máximo de tres días siguientes al ingreso de la aclaración.

Cuando la opinión es negativa, el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación (CFF) prohíbe tener contratos con quienes no estén al corriente con sus obligaciones fiscales. Es decir que prohíbe que los particulares que no se encuentran al corriente en sus obligaciones sean receptores o beneficiarios de contratos en materia de adquisiciones, arrendamientos, servicios u obra pública.

La opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales que se emita en sentido positivo tiene una vigencia de 3 meses para efecto de la obtención de estímulos o subsidios y una vigencia de un mes en los demás casos.

Declarar falsamente en ceros te pondrá en la mira del SAT

Entre las consecuencias de hacerlo están que los contribuyentes no podrán obtener su reporte de opinión del cumplimiento 32-D en sentido positivo. Este documento revela la información de la situación del cumplimiento de las obligaciones fiscales y es uno de los requisitos para hacer negocios con el gobierno.

El SAT contrasta lo que el contribuyente ha facturado en cada periodo con los CFDI con la declaración provisional presentada, con lo que automáticamente identifica las discrepancias entre lo declarado y lo facturado.

La autoridad le hará saber al contribuyente con una notificación, vía buzón tributario, que ha detectado o está enterada de las inconsistencias, con lo que tendrá oportunidad de ponerse al corriente y evitar multas antes de recibir un acto administrativo

Aquí un ejemplo de como se expedirá el (32D) para los que declaren falsamente en ceros, evidenciando en monto de ingresos facturados obtenidos en el periodo.

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